Queridos hermanos y hermanas, ¡buenos días!
Os saludo a todos vosotros, que habéis participado en el curso de formación, promovido por la Rota romana, sobre el nuevo procedimiento matrimonial y el procedimiento super rato. Agradezco a monseñor Pinto su compromiso en favor de estos cursos formativos y le doy las gracias por sus palabras.
Durante el reciente itinerario sinodal sobre la familia, habían surgido fuertes expectativas para hacer más ágiles y eficaces los procedimientos para la declaración de nulidad matrimonial. Muchos fieles, en efecto, sufren al ver que su matrimonio se acaba y a menudo están oprimidos por la duda si el mismo fuese o no válido. Es decir, se preguntan si ya habría algo en las intenciones o en los hechos que impida la efectiva realización del sacramento. Pero estos fieles en muchos casos encontraban dificultad para acceder a las estructuras jurídicas eclesiales y percibían la necesidad de que los procedimientos fuesen simplificados.
La caridad y la misericordia, además de la reflexión sobre la experiencia, han impulsado a la Iglesia a hacerse aún más cercana a estos hijos suyos, yendo al encuentro de un legítimo deseo de justicia. El pasado 15 de agosto fueron promulgados los documentos Mitis Iudex Dominus Iesus y Mitis et Misericors Iesus, que han recogido los frutos del trabajo de la comisión especial instituida el 27 de agosto de 2014: casi un año de trabajo. Tales disposiciones tienen un objetivo eminentemente pastoral: mostrar la solicitud de la Iglesia hacia los fieles que esperan una rápida verificación de su situación matrimonial. En particular, se ha abolido la doble sentencia de conformidad y se ha dado espacio al así llamado proceso breve, volviendo a poner en el centro la figura y el papel del obispo diocesano, o del obispo eparquial en el caso de las Iglesias orientales, como juez de las causas. De este modo se ha ulteriormente valorizado el papel del obispo o del obispo eparquial en materia matrimonial. En efecto, además de la verificación por vía administrativa –rato y no consumado–, a él ahora se le dispensa de la responsabilidad de la vía judicial en orden a la verificación de la validez del vínculo.
Es importante que la nueva normativa sea acogida y profundizada, en el contenido y en el espíritu, especialmente por los agentes de los Tribunales eclesiásticos, para ofrecer un servicio de justicia y de caridad a las familias. Para mucha gente, que ha vivido una experiencia matrimonial no feliz, la verificación de la validez o no del matrimonio representa una posibilidad importante; y estas personas deben ser ayudadas a recorrer el camino de la forma más ágil posible. De aquí también el valor del curso que habéis hecho. Os aliento a aprovechar lo que habéis recibido en estos días y actuar teniendo siempre fija la mirada en la salus animarum, que es la ley suprema de la Iglesia.
La Iglesia es madre y quiere mostrar a todos el rostro de Dios fiel a su amor, misericordioso y siempre capaz de volver a donar fuerza y esperanza. Lo que más nos importa en relación a los separados que viven una nueva unión es su participación en la comunidad eclesial. Pero, mientras que nos ocupamos de las heridas de quienes piden la verificación de la verdad sobre su matrimonio que ha fracasado, miramos con admiración a quienes, incluso en condiciones difíciles, permanecen fieles al vínculo sacramental. Estos testigos de la fidelidad matrimonial deben ser alentados y señalados como ejemplos a imitar. Muchas mujeres y muchos hombres soportan situaciones pesadas, de gran peso, para no destruir la familia, para ser fieles en la salud y en la enfermedad, en las dificultades y en la vida serena: es la fidelidad. ¡Es buena gente!
Os doy las gracias por vuestro compromiso en favor de la justicia y os exhorto a vivirlo no como una profesión o, peor aún, como un poder, sino como un servicio a las almas, especialmente a las más heridas. Que el Señor os bendiga y la Virgen os proteja. Por favor, acordaos de rezar por mí.