Catequesis sobre el Credo
Juan Pablo II
29. LA PENITENCIA EN LA IGLESIA, COMUNIDAD SACERDOTAL Y SACRAMENTAL
(15.IV.92)
1. Como dice el concilio Vaticano II, "el carácter sagrado y orgánicamente estructurado de la comunidad sacerdotal se actualiza por los sacramentos y por las virtudes" (Lumen gentium, 11). En la catequesis de hoy queremos descubrir el reflejo de esta verdad en el sacramento de la reconciliación, que tradicionalmente es llamado sacramento de la penitencia. En él se realiza un ejercicio real del "sacerdocio universal", común a todos los bautizados, porque es tarea fundamental del sacerdocio eliminar el obstáculo del pecado, que impide la relación vivificante con Dios. Ahora bien, este sacramento fue instituido para el perdón de los pecados cometidos después del bautismo y en el los bautizados desempeñan un papel activo. No se limitan a recibir un perdón ritual y formal, como sujetos pasivos. Al contrario, con la ayuda de la gracia, toman la iniciativa de luchar contra el pecado, confesando sus culpas y pidiendo perdón por ellas. Los bautizados saben que el sacramento implica de su parte un acto de conversión. Y con esta conciencia participan activamente y desempeñan su papel en el sacramento, como se desprende del mismo rito.
2. Es preciso reconocer que en tiempos recientes se ha manifestado en muchos lugares una crisis de la frecuencia de los fieles al sacramento de la penitencia. Las razones, que guardan relación con las mismas condiciones espirituales y socioculturales de grandes estratos de la humanidad de nuestro tiempo, pueden resumirse en dos:
Por una parte, el sentido del pecado se ha debilitado también en la conciencia de cierto número de fieles que, bajo el influjo del clima de reivindicación de una libertad e independencia total del hombre, vigente en el mundo moderno, experimentan dificultad para reconocer la realidad y la gravedad del pecado y la propia culpabilidad, incluso delante de Dios.
Por otra, hay algunos fieles que no ven la necesidad y la utilidad de recurrir al sacramento, y prefieren pedir más directamente a Dios el perdón: en este caso experimentan dificultad para admitir una mediación de la Iglesia en la reconciliación con Dios.
3. A estas dos dificultades responde brevemente el Concilio, que considera el pecado en su doble aspecto de ofensa a Dios y de herida a la Iglesia. Leemos en la Lumen gentium: "Quienes se acercan al sacramento de la penitencia obtienen de la misericordia de Dios el perdón de la ofensa hecha a él y, al mismo tiempo, se reconcilian con la Iglesia, a la que hirieron pecando, y que colabora a su conversión con la caridad, con el ejemplo y las oraciones" (n. 11). Las palabras del Concilio, sintéticas, meditadas e iluminadas, sugieren varias reflexiones importantes para nuestra catequesis.
4. Ante todo, el Concilio recuerda que una característica esencial del pecado es ser ofensa a Dios. Se trata de un hecho enorme, que incluye el acto perverso de la criatura que, a sabiendas y voluntariamente, se opone a la voluntad de su Creador y Señor, violando la ley del bien y entrando, mediante una opción libre, bajo el yugo del mal. Es un acto de lesa majestad divina, ante el cual santo Tomás de Aquino no duda en decir que "el pecado cometido contra Dios tiene una cierta infinidad, en virtud de la infinidad de la majestad divina" (S.Th. III, q. 1, a. 2, ad 2). Es preciso decir que es también un acto de lesa caridad divina, en cuanto infracción de la ley de la amistad y alianza que Dios estableció con su pueblo y con todo hombre mediante la sangre de Cristo; y, por tanto, un acto de infidelidad y, en la práctica, de rechazo de su amor. El pecado, por consiguiente, no es un simple error humano, y no comporta sólo un daño para el hombre: es una ofensa hecha a Dios, en cuanto que el pecador viola su ley de Creador y Señor, y hiere su amor de Padre. No se puede considerar el pecado exclusivamente desde el punto de vista de sus consecuencias psicológicas: el pecado adquiere su significado de la relación del hombre con Dios.
5. Es Jesús quien (de manera especial en la parábola del hijo pródigo) nos hace comprender que el pecado es ofensa al amor del Padre, cuando describe el desprecio ultrajante de un hijo hacia la autoridad y la casa de su padre. Son muy tristes las condiciones de vida a las que se reduce el hijo: reflejan la situación de Adán y sus descendientes después del primer pecado. Pero el gran don que Jesús nos hace con su parábola es la revelación consoladora y confortante del amor misericordioso de un Padre que permanece con los brazos abiertos, en espera de que vuelva el hijo pródigo, para apresurarse a abrazarlo y perdonarlo, borrando todas las consecuencias del pecado y celebrando en su honor la fiesta de la vida nueva (Cfr. Lc 15, 11.32). íCuánta esperanza ha encendido en los corazones! ííCuántos retornos a Dios ha facilitado, a lo largo de los siglos cristianos, la lectura de esta parábola, referida por Lucas, quien con plena razón ha sido definido "el escribano de la mansedumbre de Cristo" (scriba mansuetudinis Christi)! El sacramento de la penitencia pertenece a la revelación que Jesús nos hizo del amor y de la bondad paterna de Dios.
6. El Concilio nos recuerda que el pecado es también una herida infligida a la Iglesia. En efecto, todo pecado va contra la santidad de la comunidad eclesial. Dado que todos los fieles son solidarios en la comunidad cristiana, no existe nunca un pecado que no tenga algún efecto sobre toda la comunidad. Como es verdad que el bien hecho por uno procura un beneficio y una ayuda a todos, también es verdad, por desgracia, que el mal cometido por uno va contra la perfección a la que todos tienden. Si cada alma que se eleva levanta al mundo entero, como dice la beata Isabel Leseur, también es verdad que todo acto de traición al amor divino perjudica a la condición humana y empobrece a la Iglesia. La reconciliación con Dios es también reconciliación con la Iglesia y, en cierto sentido, con toda la creación, cuya armonía ha quedado violada por el pecado. La Iglesia es la mediadora de esta reconciliación. Es un papel que le asignó su mismo Fundador, quien le confirió la misión y el poder de "perdonar los pecados". Toda reconciliación con Dios se realiza, pues, en relación explícita o implícita, consciente o inconsciente, con la Iglesia. Como escribe santo Tomás, "no puede existir salvación sin la unidad de Cuerpo místico: nadie puede salvarse sin la Iglesia, como en el diluvio nadie se salvó fuera del arca de Noé, símbolo de la Iglesia, tal como enseña san Pedro (1P 3, 20.21)" (S.Th. III, q. 73, a. 3; cfr. Suppl., q. 17, a. 1). Sin duda, el poder de perdonar corresponde a Dios, y la remisión de los pecados es obra del Espíritu Santo. Con todo, el perdón proviene de la aplicación al pecador de la redención realizada en la cruz de Cristo (Cfr. Ef 1, 7; Col 1, 14.20), que confió a su Iglesia la misión y el ministerio de llevar en su nombre la salvación a todo el mundo (Cfr. S.Th. III, q. 84, a. 1). El perdón, por tanto, hay que pedirlo a Dios, y es Dios quien lo concede, pero no lo hace de forma independiente de la Iglesia, fundada por Jesucristo para la salvación de todos.
7. Sabemos que Cristo resucitado, para comunicar a los hombres los frutos de su pasión y muerte, confirió a los Apóstoles el poder de perdonar los pecados: "A quienes perdonéis los pecados, les quedan perdonados; a quienes se los retengáis, les quedan retenidos" (Jn 20, 23). Como herederos de la misión y del poder de los Apóstoles, los presbíteros, en la Iglesia, perdonan los pecados en nombre de Cristo. Pero se puede decir que en el sacramento de la reconciliación el ministerio específico de los sacerdotes no excluye, sino que comprende el ejercicio del "sacerdocio común" de los fieles, que confiesan sus pecados y piden el perdón bajo el influjo del Espíritu Santo, que los convierte en su interior con la gracia de Cristo redentor. Santo Tomás, cuando afirma este papel de los fieles, cita las famosas palabra de san Agustín: "El que te creó sin ti, no te justificará sin ti" (San Agustín, Super Ioannem, serm. 169, c. 11; Santo Tomás, S.Th. III, q. 84, aa. 5 y 7).
El papel activo del cristiano en el sacramento de la penitencia consiste en reconocer sus propias culpas con una "confesión" que, salvo casos excepcionales, se hace individualmente al sacerdote; con la manifestación del propio arrepentimiento por la ofensa hecha a Dios: "contrición"; con la sumisión humilde al sacerdocio institucional de la Iglesia, para recibir el "signo eficaz" del perdón divino; con el ofrecimiento de la "satisfacción" impuesta por el sacerdote como signo de participación personal en el sacrificio reparador de Cristo, que se ofreció al Padre como hostia por nuestras culpas; y, finalmente, con la acción de gracias por el perdón obtenido.
8. Conviene recordar que todo cuando hemos dicho vale para el pecado que rompe la amistad con Dios y priva de la "vida eterna)u y que, por ello, se llama "mortal". Recurrir al sacramento es necesario cuando se ha cometido incluso un solo pecado mortal (Cfr. Concilio de Trento, DS 1707). Pero el cristiano que cree en la eficacia del perdón sacramental recurre al sacramento, también fuera del caso de necesidad, con una cierta frecuencia, y encuentra en él el camino de una creciente delicadeza de conciencia y de una purificación cada vez más profunda, una fuente de paz, una ayuda en la lucha contra las tentaciones y en el esfuerzo por llevar una vida más acorde con las exigencias de la ley y del amor de Dios.
9. La Iglesia está al lado del cristiano, como comunidad que "colabora a su conversión con la caridad, con el ejemplo y las oraciones" (Lumen gentium, 11). El cristiano nunca queda solo, ni siquiera cuando se halla en estado de pecado: siempre forma parte de la "comunidad sacerdotal", que lo sostiene con la solidaridad de la caridad, la fraternidad y la oración, para obtenerle la reintegración en la amistad de Dios y en la compañía de los "santos". La Iglesia, comunidad de los santos, en el sacramento de la penitencia se manifiesta y actúa como comunidad sacerdotal de misericordia y perdón.