Discurso del Santo Padre Juan Pablo II
a los participantes en el curso sobre el fuero interno
organizado por la Penitenciaría Apostólica

Viernes 28 de marzo de 2003

Queridos hermanos:

1. El curso sobre el fuero interno, organizado anualmente por la Penitenciaría apostólica, me brinda la oportunidad de acogeros en una audiencia especial. Dirijo un saludo cordial al pro-penitenciario mayor, monseñor Luigi De Magistris, al que agradezco las amables palabras que me ha dirigido. Saludo también a los prelados y oficiales del mismo Tribunal y a los padres penitenciarios de las basílicas patriarcales de Roma, así como a los jóvenes sacerdotes y aspirantes al sacerdocio que participan en esta tradicional oportunidad de profundización doctrinal.

En diversas ocasiones he expresado mi aprecio por cuantos se dedican al ministerio penitencial en la Iglesia: en verdad, el sacerdote católico es, ante todo, ministro del sacrificio redentor de Cristo en la Eucaristía y ministro del perdón divino en el sacramento de la penitencia.

2. En esta circunstancia, deseo considerar en particular la relación privilegiada que existe entre el sacerdocio y el sacramento de la reconciliación, que el presbítero debe recibir ante todo con fe y humildad, además de hacerlo con frecuencia por convicción. En efecto, con respecto a los eclesiásticos, el concilio Vaticano II enseña: "Los ministros de la gracia sacramental se unen íntimamente a Cristo, salvador y pastor, por medio de la fructuosa recepción de los sacramentos, sobre todo por la confesión sacramental frecuente, ya que, preparado con el examen de conciencia diario, favorece muchísimo la necesaria conversión del corazón al amor del Padre de las misericordias" (Presbyterorum ordinis, 18; Código de derecho canónico, c. 276, 2, 5° y, análogamente, Código de cánones de las Iglesias orientales, c. 369, 1).

Al valor intrínseco del sacramento de la penitencia, en cuanto recibido por el sacerdote como penitente, se añade su eficacia ascética como ocasión de examen de sí mismo y, por tanto, de verificación, gozosa o dolorosa, del propio nivel de fidelidad a las promesas. Además, es un momento inefable de "experiencia" de la caridad eterna que el Señor siente por cada uno de nosotros en su singularidad irrepetible; es desahogo de desilusiones y amarguras, que tal vez nos han infligido injustamente; y es bálsamo consolador para las múltiples formas de sufrimiento que caracterizan la vida.

3. Asimismo, en cuanto ministro del sacramento de la penitencia, el sacerdote, consciente del valioso don de gracia puesto en sus manos, debe ofrecer a los fieles la caridad de la acogida solícita, sin escatimar su tiempo, y sin aspereza o frialdad en su trato. A la vez, debe practicar la caridad, más aún, la justicia, al referir, sin variantes ideológicas y sin rebajas arbitrarias, la enseñanza auténtica de la Iglesia, rechazando las profanas vocum novitates, con respecto a sus problemas.

En particular, deseo llamar aquí vuestra atención hacia la necesaria adhesión al Magisterio de la Iglesia sobre los complejos problemas que se plantean en el campo bioético y sobre la normativa moral y canónica en el ámbito matrimonial. En mi carta dirigida a los sacerdotes con ocasión del Jueves santo de 2002 observé: "A veces sucede que los fieles, a propósito de ciertas cuestiones éticas de actualidad, salen de la confesión con ideas bastante confusas, en parte porque "tampoco encuentran en los confesores la misma línea de juicio". En realidad, quienes ejercen en nombre de Dios y de la Iglesia este delicado ministerio tienen el preciso deber de no cultivar, y menos aún manifestar en el momento de la confesión, valoraciones personales no conformes con lo que la Iglesia enseña y proclama. "No se puede confundir con el amor el faltar a la verdad por un mal entendido sentido de comprensión"" (Carta a los sacerdotes, 17 de marzo de 2002, n. 10: L'Osservatore Romano, edición en lengua española, 22 de marzo de 2002, p. 9).

4. El sacramento de la penitencia, si se administra y se recibe bien, es un instrumento excelente para el discernimiento vocacional. Quien actúa en el fuero interno debe alcanzar personalmente la certeza moral sobre la idoneidad e integridad de aquellos a quienes dirige espiritualmente, para poder aprobar lícitamente y animar su intención de acceder a las órdenes. Por tanto, esa certeza moral sólo se puede tener cuando la fidelidad del candidato a las exigencias de la vocación se ha comprobado con una larga experiencia.

En cualquier caso, el director espiritual no sólo debe ofrecer a los candidatos al sacerdocio el discernimiento, sino también el ejemplo de su vida, tratando de reproducir en sí el corazón de Cristo.

5. El recto y fructuoso ministerio penitencial y el deseo de recurrir personalmente al sacramento de la penitencia dependen sobre todo de la gracia del Señor. Para que el sacerdote obtenga este don es de singular importancia la mediación de María, Madre de la Iglesia y Madre de los sacerdotes, por ser Madre de Jesús, sumo y eterno Sacerdote. Que ella obtenga de su Hijo para todos los sacerdotes el don de la santidad mediante el sacramento de la penitencia, recibido con humildad y ofrecido con generosidad.

Que sobre vuestras convicciones, vuestros propósitos y vuestras esperanzas descienda, propiciadora de las bendiciones de Dios, la bendición apostólica, que con afecto imparto a todos.

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