Suma Teológica

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CUESTIÓN 107

Comparación entre la ley nueva y la antigua

Y ahora debemos considerar la ley nueva en comparación con la ley antigua (cf. q.106 introd.), sobre lo cual habremos de responder a estas cuatro preguntas:

  1. ¿Es la ley nueva distinta de la antigua?
  2. ¿Es cumplimiento de la antigua?
  3. ¿Está contenida en la antigua?
  4. ¿Es más gravosa que la antigua?

ARTÍCULO 1

¿Es la ley nueva distinta de la antigua?

Objeciones por las que parece que la ley nueva no sea distinta de la antigua.

1. Una y otra se dan a los que tienen fe, pues sin fe es imposible agradar a Dios, según se dice en Hb 11, 6; pero una misma es la fe de los antiguos y la fe de los modernos, según dice la Glosa sobre Mt 21, 9; luego una es también la ley.

2. Dice San Agustín en Contra Adamantum Manich. discip., que ligera es la diferencia entre la Ley y el Evangelio: la que hay entre el temor y el amor. Ahora bien, por estas dos cosas no pueden diferenciarse la ley antigua y la nueva, pues también en la ley antigua se nos proponen los preceptos de la caridad: Amarás al prójimo como a ti mismo y Amarás al Señor, tu Dios. Tampoco se pueden diferenciar por las otras razones que San Agustín señala en Contra Faustum , a saber: que el Viejo Testamento tiene promesas temporales; el Nuevo, espirituales y eternas; pues también en el Nuevo Testamento se hacen algunas promesas temporales, como aquélla: Recibiréis el ciento por uno en este tiempo, en casas, hermanos, etc.; y en el Viejo Testamento esperaban promesas espirituales y eternas, según aquello que se dice en Hb 11, 16  de los patriarcas: Pero deseaban otra patria mejor, esto es, la celestial. Luego parece que la ley nueva no se distingue de la antigua.

3. Parece que el Apóstol distingue una y otra ley, llamando a la antigua ley de las obras, y a la nueva, ley de la fe. Pero la ley antigua fue asimismo ley de la fe, según aquello de Hb 11, 39: Todos éstos, con ser recomendados por su fe, no alcanzan la promesa. Esto se dice de los patriarcas del Antiguo Testamento. También la ley nueva es ley de obras, pues se dice en Mt 5, 44: Haced bien a los que os aborrecen. Y en Lc 22, 19: Haced esto en memoria de mí. Luego la ley nueva no se distingue de la antigua.

Contra esto: está lo que dice el Apóstol en Hb 7, 12: Mudado el sacerdocio, de necesidad ha de mudarse también la ley. Pero uno es el sacerdocio del Nuevo Testamento, y otro el del Viejo, como prueba el Apóstol; luego otra será también la ley de uno y otro Testamento.

Respondo: Según hemos visto atrás (q.90 a.2; q.91 a.4), toda ley ordena la vida humana a la consecución de un fin. Ahora bien, las cosas que se ordenan a un fin se pueden distinguir por razón de este fin de dos maneras: de un modo, si se ordenan a diversos fines, y esto constituye una distinción específica, sobre todo cuando se trata del fin próximo. De otro, según la proximidad al fin o la distancia de él. Así, los movimientos se diferencian específicamente según los diversos términos; pero, según que una parte del movimiento se acerca más al término que otra, la distinción del movimiento es la que existe entre lo perfecto y lo imperfecto.

Así pues, se pueden distinguir dos leyes: de un modo, en cuanto son totalmente diversas, como ordenadas a diversos fines. Así, la constitución de la ciudad, establecida en régimen democrático, sería específicamente distinta de la constitución de otra ciudad que tuviera un régimen aristocrático. De otro modo pueden diferenciarse dos leyes, en cuanto que la una mira más de cerca el fin y la otra lo mira más de lejos. Tal sería en una misma ciudad la ley que se impone a los hombres ya formados, que desde luego pueden ejecutar lo que conduce al bien común, y otra distinta la ley sobre la educación de los niños, que deben ser instruidos de tal manera que puedan después ejecutar obras de hombres.

Así pues, hay que decir que del primer modo la ley nueva no es distinta de la antigua, pues ambas tienen un mismo fin, a saber: someter a los hombres a Dios. Ahora bien, uno mismo es el Dios del Nuevo y del Antiguo Testamento, según aquello de Rm 3, 30: Uno mismo es el Dios que justifica la circuncisión por la fe y el prepucio mediante la f e. De otro modo, la ley nueva es diferente de la antigua, porque la antigua es como un ayo de niños, según el Apóstol dice; en cambio, la nueva es ley de perfección, porque es ley de caridad, y de ésta dice el Apóstol en Col 3, 14  que es vínculo de perfección.

A las objeciones:

1. La unidad de fe de ambos Testamentos indica unidad de fin, pues ya se ha dicho antes (q.62 a.2) que el objeto de las virtudes teologales, entre las que se cuenta la fe, es el fin último. Sin embargo, la fe tiene diferente estado en la antigua y en la nueva ley; pues lo que los antiguos creían como futuro, nosotros lo creemos como realizado ya.

2. Todas las diferencias señaladas entre la nueva y la antigua ley están tomadas de su perfección o imperfección, pues los preceptos de la ley se dan acerca de los actos de las virtudes. Ahora bien, a ejecutar actos de virtud se inclinan de muy diversa manera los imperfectos, que todavía no tienen el hábito de la virtud, y los que son perfectos en este hábito; pues los que no tienen aún el hábito de la virtud se inclinan a obrar los actos de virtud por alguna causa extrínseca; por ejemplo, por el temor de los castigos o por la promesa de ciertas remuneraciones extrínsecas, v.gr., de honor, de riquezas o cosa semejante. Por esto la ley antigua, que se daba a los imperfectos, esto es, a los que no habían conseguido aún la gracia espiritual, se llamaba ley de temor, en cuanto que inducía a la observancia de los preceptos mediante la conminación de ciertas penas. De ella se dice que tenía también ciertas promesas temporales. En cambio, los que tienen el hábito de la virtud se inclinan a obrar los actos de virtud por amor de ésta, no por alguna pena o remuneración extrínseca. Por eso la ley nueva, que principalmente consiste en la misma gracia infundida en los corazones, se llama ley de amor, y se dice que tiene promesas espirituales y eternas, las cuales son objeto de la virtud, principalmente de la caridad; y por sí mismos se inclinan a ellas, no como cosas extrañas, sino como propias. Por eso también se dice que la ley antigua cohibía la mano y no el ánimo, pues el que por temor del castigo se abstiene de algún pecado, no se aparía totalmente del pecado con la voluntad, como se aparta el que por amor de la justicia se abstiene del pecado. Por eso se dice que la ley nueva, que es la ley del amor, cohibe el ánimo.

Hubo, sin embargo, en el estado del Antiguo Testamento, algunos que tenían la caridad y la gracia del Espíritu Santo, que principalmente esperaban promesas espirituales y eternas y, según esto, pertenecían a la ley nueva. Igualmente también, en el Nuevo Testamento hay algunos carnales que no llegan aún a la perfección de la ley nueva, a los cuales fue preciso inducir a las obras de virtud con el temor de los castigos y con algunas promesas temporales.

Mas la ley antigua, si bien daba preceptos sobre la caridad, sin embargo, con ella no se daba el Espíritu Santo, por el cual es difundida la caridad en nuestros corazones, como se lee en Rm 5, 5.

3. Como se indicó arriba (q.106 a. 1.2), la ley nueva se llama ley de fe, en cuanto que su principalidad consiste en la misma gracia que se da interiormente a los creyentes, por lo cual se llama gracia de la f e. Pero secundariamente tiene algunas obras, ya morales, ya sacramentales, en las cuales no consiste la principalidad de la ley nueva, como consistía la de la ley antigua. Y los que en el Antiguo Testamento fueron aceptos a Dios por la fe, en esto pertenecían al Nuevo Testamento, pues no eran justificados sino por la fe en Cristo, que es el autor del Nuevo Testamento. Y por eso, en Hb 12, 26, dice San Pablo de Moisés que tenía el improperio de Cristo por mayores riquezas que el tesoro de los egipcios.

ARTÍCULO 2

¿Da la ley nueva cumplimiento a la antigua?

Objeciones por las que parece que la ley nueva no completa la antigua.

1. La acción de cumplir se opone a la de anular. Pero la ley nueva anula o excluye las observancias de la ley antigua, pues el Apóstol dice en Gál5, 2: Si os circuncidáis, Cristo nada os aprovechará. Luego la ley nueva no da cumplimiento a la antigua.

2. Ninguna cosa perfecciona a su contraria. Ahora bien, el Señor, en la ley nueva, propuso ciertos preceptos contrarios a los preceptos de la antigua ley; pues se dice en Mt 5, 27.37: Habéis oído que se dijo a los antiguos: Quienquiera que repudie a su esposa, déle el libelo de repudio. Mas yo os digo: Quien repudiare a su esposa, la hace fornicar. Y lo mismo aparece a continuación, al prohibir el juramento y también al prohibir el talión y el odio de los enemigos. Asimismo, parece que el Señor anuló los preceptos de la antigua ley acerca de la distinción de los alimentos, diciendo en Mt 15, 11: No mancha al hombre lo que entra en la boca. Luego la ley nueva no da el cumplimiento a la antigua.

3. El que obra contra la ley, no cumple la ley. Pero Cristo obró en algunas cosas contra la ley, pues tocó a un leproso, como se dice en Mt 8, 3, lo cual era contra la ley. Asimismo, parece que violó muchas veces el sábado, por lo cual decían los judíos de El, según Jn 9, 16: Este hombre no es de Dios, pues no guarda el sábado. Luego Cristo no cumplió la ley; y, por consiguiente, la ley nueva dada por Cristo no da cumplimiento a la antigua.

4. En la antigua ley se contenían preceptos morales, ceremoniales y judiciales, como se ha dicho arriba (q.99 a.3). Pero el Señor, que, según Mt 5, en algunas cosas cumplió la ley, parece no hacer mención alguna de los preceptos judiciales y ceremoniales. Luego parece que la ley nueva no es totalmente el cumplimiento de la antigua.

Contra esto: está lo que dice el Señor: No he venido a anular la ley, sino a cumplirla; y después añade: Ni una "jota" o ápice pasará de la ley hasta que todo se cumpla.

Respondo: Según hemos explicado (a.1), la ley nueva se compara con la antigua como lo perfecto a lo imperfecto. Pues bien, todo lo perfecto suple lo que a lo imperfecto falta; y, según esto, la ley nueva perfecciona a la antigua en cuanto suple lo que faltaba a la antigua.

En la antigua ley pueden considerarse dos cosas: el fin y los preceptos contenidos en ella. Ahora bien, el fin de toda ley es hacer a los hombres justos y virtuosos, como se ha dicho atrás (q.92 a.l). Y por eso, el fin de la antigua ley era la justificación de los hombres, lo cual la ley no podía llevar a cabo, y sólo la representaba con ciertas ceremonias, y con palabras la prometía. En cuanto a esto, la ley nueva perfecciona a la antigua justificando por la virtud de la pasión de Cristo. Esto es lo que da el Apóstol a entender cuando dice en Rm3, 3s: Lo que era imposible a la ley, Dios, enviando a su Hijo en la semejanza de la carne del pecado, condenó al pecado en la carne, para que se cumpliese en nosotros la justificación de la ley. Y, en cuanto a esto, la nueva ley realiza lo que la antigua prometía, según aquello de 2Co 1, 20: Cuantas son las promesas de Dios, están en él, esto es, en Cristo. Y, asimismo, en esto también realiza lo que la antigua ley representaba. Por lo cual, en Col 2, 17, se dice de los preceptos ceremoniales que eran sombra de las cosas futuras, pero la realidad es Cristo; esto es, la verdad pertenece a Cristo. Y por eso la ley nueva se llama ley de verdad, mientras que la antigua es ley de sombra o figura.

Ahora bien, Cristo perfeccionó los preceptos de la antigua ley con la obra y con la doctrina; con la obra, porque quiso ser circuncidado y observar las otras cosas que debían observarse en aquel tiempo, según aquello de Gál4, 4: Hecho bajo la ley. Con su doctrina perfeccionó los preceptos de la ley de tres maneras: en primer lugar, declarando el verdadero sentido de la ley, como consta en el homicidio y adulterio, en cuya prohibición los escribas y fariseos no entendían prohibido sino el acto exterior; por lo cual el Señor perfeccionó la ley enseñando que también caían bajo la prohibición los actos interiores de los pecados (Mt 5, 20). En segundo lugar, el Señor perfeccionó los preceptos de la ley ordenando el modo de observar con mayor seguridad lo que había mandado la antigua ley. Por ejemplo: estaba mandado que nadie perjurase, lo cual se observará mejor si el hombre se abstiene totalmente del juramento, a no ser en caso de necesidad (Mt 5, 33). En tercer lugar, perfeccionó el Señor los preceptos de la ley añadiendo ciertos consejos de perfección, como aparece por Mt 19, 21  en la respuesta al que dijo que había cumplido los preceptos de la ley antigua: Aún te falta una cosa; si quieres ser perfecto, vende todo lo que tienes, etc. (cf. Me10, 21; Lc 18, 22).

A las objeciones:

1. La nueva ley no impide la observancia de la antigua sino en los preceptos ceremoniales, como se dijo arriba (q.103 a.3.4). Ahora bien, estos preceptos eran figura del futuro. Por lo cual, por el mero hecho de haberse cumplido los preceptos ceremoniales, realizadas las cosas por ellos representadas, no deben observarse más, porque, si se observasen aún, se significaría alguna cosa como futura y todavía no cumplida. De la misma manera, la promesa de un obsequio no tiene razón de ser una vez cumplida la promesa. Y de esta manera desaparecen las ceremonias de la ley al cumplirse.

2. Como dice San Agustín en Contra Faustum, aquellos preceptos del Señor no son contrarios a los de la ley antigua. Lo que mandó el Señor, prohibiendo repudiar a la esposa, no es contrario a lo que manda la ley, pues la ley no dice: "El que quisiere, abandone a la esposa", a lo cual serta contrario no poder abandonarla; pero no quería que la mujer fuese abandonada por el marido, toda vez que interpuso una tregua para que el ánimo, inclinado a la discordia, con la redacción del libelo desistiera de él. Y por eso el Señor, para ratificar este precepto de no despedir a la esposa fácilmente, sólo exceptuó la causa de fornicación. Y lo mismo hay que decir de la prohibición del juramento, como se ha dicho. Lo mismo consta cuando prohibe la pena del talión, pues la ley determinó la manera de la venganza, para que no se llegase a la venganza inmoderada, de la cual el Señor aparta más perfectamente a todo aquel a quien encarga abstenerse totalmente de la venganza. Respecto al odio de los enemigos, rectifica la falsa interpretación de los fariseos, encargándonos que no aborrezcamos a las personas, sino al pecado. Respecto a la distinción de los alimentos, que era ceremonial, el Señor no mandó que no se observaran entonces; lo que probó fue que ningunos alimentos eran inmundos por naturaleza, sino sólo figuradamente, como ya se ha dicho (q.102 a.6 ad 1).

3. El tocamiento de los leprosos estaba prohibido en la antigua ley, porque con él incurría el hombre en cierta impureza o irregularidad, como con el tocamiento de un difunto, según hemos dicho (q.102 a.6 ad 1; a.5 ad 4). Pero el Señor, que era el purificador de los leprosos, no podía incurrir en impureza ninguna. Y con lo que hizo en el sábado no quebrantó en realidad el sábado, como Él mismo lo prueba en el Evangelio, ya porque obraba los milagros por virtud divina, que siempre obra en las cosas (Jn 5, 17); ya porque hacía obras en favor de la salud humana, cuando los fariseos las hacían por la salud de los animales (Mt 12, 11); ya, finalmente, porque la necesidad excusaba a los discípulos, que cogían espigas en el sábado (Mt 12, 3). Sólo parecía infringir la ley según la supersticiosa interpretación de los fariseos, que creían que en el sábado había que abstenerse aun de las obras saludables, lo cual era contra la intención de la ley.

4. Los preceptos ceremoniales de la ley no se mencionan en el evangelio de San Mateo, porque su observancia quedaba totalmente suprimida con la perfección de la ley nueva, según se dijo (ad 1). De los preceptos judiciales mencionó el del talión, para que se aplicase a todos los demás lo que dijo de éste, en el cual enseñó no ser la intención de la ley que se procurase la pena del talión por deseo de venganza. Esta la excluye El al encargar que debe estar preparado el hombre a sufrir aun las mayores injurias, pero sólo por amor de la justicia. Y esto queda vigente aún en la nueva ley.

ARTÍCULO 3

¿Se halla la ley nueva contenida en la antigua?

Objeciones por las que parece que la nueva ley no está contenida en la antigua.

1. La nueva ley consiste principalmente en la fe, y por eso se llama ley de fe, como consta por Rm 3, 27. Pero en la nueva ley se proponen para creer muchas cosas que no están contenidas en la antigua; luego la ley nueva no está contenida en la antigua.

2. Dice una Glosa sobre aquello de Mt 5, 19: Quien quebrantare uno de estos mandatos mínimos, que los mandamientos de la ley son menores; pero en el Evangelio son los mandamientos mayores. Ahora bien, lo mayor no puede hallarse contenido en lo menor; luego la ley nueva no está contenida en la antigua.

3. Lo que se halla contenido en otra cosa se llega a poseer con la posesión de esta cosa. Por consiguiente, si la nueva ley se contuviera en la antigua, seguiríase que, una vez tenida la ley antigua, se tendría también la nueva. Por lo tanto, sería superfluo que, una vez dada la antigua ley, se diera otra vez la nueva. En suma, que la ley nueva no está contenida en la antigua.

Contra esto: está lo que se dice en Ez 1, 16: Una rueda se contenía en otra, es decir, el Nuevo Testamento en el Antiguo, según expone San Gregorio.

Respondo: Una cosa puede estar contenida en otra de dos maneras: una actual, como lo que ocupa lugar está en ese lugar; otra virtual, como el efecto en la causa o lo completo en lo incompleto, como el género contiene en potencia las especies y como todo el árbol está contenido en la semilla. De este modo, la nueva ley está contenida en la antigua, pues ya se ha dicho (a.1) que la nueva ley se compara con la antigua como lo perfecto con lo imperfecto. Por eso San Juan Crisóstomo, exponiendo aquello de Mc 4, 28: Espontáneamente la tierra produce primero la hierba, después la espiga y luego el fruto maduro en la espiga, dice: Primero brota la hierba en la ley natural, luego la espiga en la ley de Moisés y después, en el Evangelio, el grano maduro. Por consiguiente, la ley nueva está en la antigua como el fruto en la espiga.

A las objeciones:

1. Todo lo que se propone explícita y claramente en el Nuevo Testamento para creer, se enseña también en el Antiguo, pero implícitamente, bajo figura; y, en este sentido, también está contenida la ley nueva en la antigua en cuanto a las cosas que se han de creer.

2. Los preceptos de la nueva ley se dicen ser mayores que los de la antigua en cuanto a la manifestación explícita; pero, en cuanto a la sustancia, los preceptos del Nuevo Testamento están todos contenidos en el Antiguo. Y por eso San Agustín dice en Contra Faustum que casi todo lo que encargó o mandó el Señor, al añadir: "Mas yo os digo", se halla también en aquellos antiguos libros. Pero, como no entendían por homicidio sino la destrucción del cuerpo humano, enseña el Señor que todo mal movimiento para hacer daño a un hermano se computa en el género de homicidio. Y, en lo tocante a tales manifestaciones, los preceptos de la nueva ley se dicen mayores que los de la antigua; lo cual no obsta para que lo mayor esté contenido en lo menor virtualmente, como el árbol se contiene en la semilla.

3. Lo que ha sido dado implícitamente debe explicarse, y por eso fue conveniente que, después de dada la antigua ley, se diera también la nueva.

ARTÍCULO 4

¿Es la ley nueva más gravosa que la antigua?

Objeciones por las que parece que la ley nueva es más gravosa que la antigua.

1. San Juan Crisóstomo , comentando aquello de Mt 5, 19: El que quebrantare uno de estos mínimos mandamientos, dice: Los mandamientos de Moisés son en acto fáciles: No matarás, no adulterarás; pero los mandamientos de Cristo, a saber: "No te airarás", "no desearás torpemente", son difíciles en acto. Luego la ley nueva es más gravosa que la antigua.

2. Más fácil es usar de la prosperidad terrena que padecer tribulaciones. Pero, en el Antiguo Testamento, al cumplimiento de la antigua ley iba aneja la prosperidad temporal, como consta en Dt 28, 1-14, mientras que a los cumplidores de la nueva ley les aguardan muchas adversidades, como se dice en 2Co 6, 4-5: Mostrémonos ministros de Dios en mucha paciencia, en tribulaciones, en necesidades, en angustias, etc. Luego la ley nueva es más gravosa que la antigua.

3. Lo que resulta de la adición de otra cosa parece ser más difícil que ésta. Pero la nueva ley resulta de la adición a la antigua; pues la antigua ley prohibió el perjurio, y la nueva también el juramento; la antigua prohibió abandonar a la esposa sin libelo de repudio, y la nueva prohibió en absoluto ese libelo, como consta en Mt 5, 31  s, según la exposición de San Agustín. Luego la ley nueva es más gravosa que la antigua.

Contra esto: está lo que se dice en Mt 11, 28: Venid a mí todos los que trabajáis y estáis cargados; lo cual expone San Hilario diciendo : Llama hacia sí Cristo a los que se ven llenos de dificultades y cargados con los pecados del siglo; y luego dice del yugo del Evangelio (v.30): Pues mi yugo es suave, y mi carga, ligera. Luego la nueva ley es más ligera que la antigua.

Respondo: Acerca de ks obras de virtud, de las que se dan los preceptos de la ley, puede considerarse una doble dificultad: la primera, de parte de las obras exteriores, que por sí mismas tienen cierta dificultad y gravedad. Por este capítulo, la antigua ley es mucho más grave que la nueva, pues aquélla obligaba a múltiples ceremonias, a muchos más actos que la ley nueva. Esta, a los preceptos de la ley natural sólo añadió muy reducidas cosas en la doctrina de Cristo y de los apóstoles, aunque algunas más se añadieron después por determinación de los Santos Padres, y aun en estas cosas dice San Agustín que ha de haber moderación, para no hacer a los fíeles pesada la vida. Habla, en efecto, en Ad Inquisitiones lanuarii de algunos que abruman con serviles cargas nuestra religión, la cual quiso la misericordia de Dios que fuera libre; y esto lo hacen en tal grado, que sería más tolerable la condición de los judíos, que estaban sometidos a las cargas legales y no a humanas presunciones .

La otra dificultad versa sobre las obras de virtudes en los actos interiores; por ejemplo, el que uno ejecute los actos de virtud pronta y deleitablemente. En esto es la virtud cosa difícil, pues resulta muy difícil al que no tiene la virtud; mas con la virtud se hace fácil. Por este capítulo, los preceptos de la nueva ley son más pesados que los de la antigua, pues en la nueva se prohiben incluso los movimientos interiores del alma, que no se prohibían expresamente en la antigua en todos los casos, aunque sí en algunos, en cuya prohibición, sin embargo, no se añadía castigo. Y esto es dificilísimo al que no tiene virtud, como también dice el Filósofo, en V Ethic., que hacer las cosas que el justo hace es cosa fácil, pero ejecutarlas deleitablemente, es cosa muy difícil al que no tiene la justicia. Y en este sentido se dice también en 1Jn 5, 3  que sus mandamientos no son pesados; exponiendo lo cual, dice San Agustín que no son pesados para el que ama, pero sí para el que no ama.

A las objeciones:

1. Aquel texto habla expresamente de la dificultad de la nueva ley en cuanto a la cohibición expresa de los movimientos interiores.

2. Las adversidades que sufren los cumplidores de la nueva ley no son impuestas ni provienen de la misma ley. Sin embargo, fácilmente se toleran por amor, en el cual consiste la misma ley; pues, como dice San Agustín en De verbis Domini , el amor hace fáciles y casi triviales todas las cosas difíciles y duras.

3. Las adiciones a los preceptos de la ley antigua se ordenan a facilitar el cumplimiento de lo que la ley misma ordena, según dice San Agustín; lo cual no prueba que la ley nueva sea más grave, sino que es más fácil.

Suma Teológica - I-IIae (Prima Secundae)
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