De los preceptos sobre la fe, la ciencia y el entendimiento
Pasamos ahora a tratar el tema de los preceptos que atañen a estos hábitos virtuosos. Sobre este tema se plantean dos problemas:
¿Se debieron dar preceptos sobre la fe en la ley antigua?
Objeciones por las que parece que se debieron dar preceptos sobre la fe en la ley antigua:
1. Los preceptos versan sobre lo debido y necesario. Ahora bien, al hombre le es del todo necesario el creer, conforme al testimonio de la Escritura: Sin la fe es imposible agradar a Dios (Hb 11, 6). Fue, pues, muy conveniente que se dieran preceptos sobre la fe.
2. El Nuevo Testamento se contiene en el Antiguo como lo figurado en la figura, según hemos expuesto (1-2 q.107 a.3). Pues bien, en el Nuevo Testamento se da mandamiento expreso sobre la fe a tenor de estas palabras: Creéis en Dios, creed también en mí (Jn 14, 1). En consecuencia, parece que en la ley antigua debieron darse también preceptos sobre la fe.
3. Es idéntico el motivo para prescribir el acto de la virtud y para prohibir el vicio opuesto. Ahora bien, en la ley antigua hay muchos preceptos que prohiben la infidelidad, como dan testimonio estas palabras: No tendrás dioses extraños en mi presencia (Ex 20, 3), y en otro lugar (Dt 13, 1-3) se prescribe que no den oído a las palabras del profeta o soñador que pretenda apartarles de la fe en Dios. Por lo tanto, la ley antigua debió dar también preceptos sobre la fe.
4. Más todavía: La confesión es acto de fe, como hemos expuesto (q.3 a.1). Pues bien, en la ley antigua se da el precepto de confesar y de promulgar la fe. Y así, en el Éxodo (20, 3) se ordena dar al hijo explicación cumplida de la observancia de la pascua, y en el Deuteronomio (13) se prescribe dar muerte a quien difunda enseñanzas contrarias a la fe. Luego la ley antigua debió dar preceptos sobre la fe.
5. Por último, todos los libros del Antiguo Testamento se contenían en la ley, y por eso dice el Señor (Jn 15, 25) que estaba escrito en la ley me aborrecieron sin motivo, y en realidad está escrito en el salmo (34, 19). Mas en el Eclesiástico (2, 8) se afirma: Los que teméis al Señor, escuchadle (6, 4). En consecuencia, en la ley antigua se debieron dictar preceptos sobre la fe.
Contra esto: está el testimonio del Apóstol, que llama a la ley antigua ley de las obras, contraponiéndola a la ley de la fe (Rm 3, 27). Luego en la ley antigua no se debieron dictar preceptos sobre la fe.
Respondo: La ley la impone un señor solamente a su súbditos, y por eso los preceptos de cualquier ley presuponen la sumisión de quien recibe a quien da la ley. Ahora bien, la primera sumisión del hombre a Dios se da por la fe, según las palabras del Apóstol: Es preciso que quien se acerca a Dios crea que existe (Hb 11, 6). Por eso la verdad de fe se presupone a los preceptos de la ley. De ahí que en el Éxodo lo que respecta a la fe se pone como preámbulo a los preceptos de la ley, al decir: Yo soy el Señor tu Dios, que te ha sacado de la tierra de Egipto (Ex 20, 2). De igual modo, en el Deuteronomio (6, 4) se pone en primer término: Oye, Israel, el Señor es uno e inmediatamente después presenta los preceptos. Pero dado que hay muchas cosas ordenadas a la fe por la que creemos que existe Dios, que es lo primero y principal de cuanto creemos, como hemos dicho (q.1 a.7), por eso, presupuesta la fe en Dios por la que está asegurada la sumisión de la mente del hombre a Dios, pueden dictarse ya otros preceptos sobre cosas que se deben creer. En ese sentido, exponiendo las palabras de Jn 15, 12: Este es mi mandamiento, afirma San Agustín que son múltipes los preceptos de la fe. Pero en la ley antigua no se debían exponer al pueblo los secretos de la ley. Por eso, presupuesta la fe en un solo Dios, no se dio en la ley antigua ningún otro precepto sobre lo que debía creerse.
1. La fe es necesaria como principio de vida espiritual. Por eso se presupone a la recepción de la ley.
2. También allí presupone el Señor algo en relación con la fe, es decir, la fe en un solo Dios, cuando dice: Creéis en Dios, y prescribe igualmente alguna otra cosa, es decir, la fe en la encarnación, por la cual Dios se hace hombre. Pero esta explicación de la fe pertenece al Nuevo Testamento. Por eso añade: Creed también en mí.
3. Los preceptos prohibitivos conciernen a los pecados que corrompen la virtud, y ésta, como ya hemos dicho (q.10 a.5), se destruye por defectos particulares. Por eso, en la ley antigua, presupuesta la fe, hubo que dar muchos preceptos que vedaran a los hombres los defectos particulares que pudieran corromper la fe.
4. La confesión o la enseñanza de la fe presuponen también la sumisión del hombre a Dios por la fe. Por eso, en la ley antigua se podían dar mejor preceptos sobre la confesión y la doctrina de la fe que sobre la misma fe.
5. En la autoridad citada se presupone también la fe por la que creemos que existe Dios. Por eso se pone primero: Los que teméis a Dios; esto no se podría dar sin la fe. Mas respecto a lo que añade: Creedle, hay que referirlo a algunas verdades especiales de fe, y sobre todo a las que promete Dios a quienes le obedecen. Por eso añade: Y vuestra recompensa no será vana.
¿Están bien propuestos en la ley antigua los preceptos acerca de la ciencia y del entendimiento?
Objeciones por las que parece que no están bien propuestos en la ley antigua los preceptos acerca de la ciencia y el entendimiento:
1. La ciencia y el entendimiento pertenecen al conocimiento. Ahora bien, el conocimiento precede y dirige la acción. En consecuencia, esos preceptos de ciencia y de entendimiento deben preceder a los que se refieren a la acción. Por consiguiente, dado que los preceptos del decálogo constituyen los primeros preceptos de la ley, parece que debieran darse algunos sobre la ciencia y el entendimiento.
2. El aprendizaje antecede a la doctrina; el hombre, efectivamente, antes de enseñar, aprende de otro. Pues bien, en la ley antigua se dan algunos preceptos acerca de la doctrina; unos afirmativos, como éste: Los enseñarás a tus hijos y nietos (Dt 4, 9); y otros negativos, como el siguiente: No añadirás ni quitarás nada a la palabra que os hablo (Dt 4, 2). Parece, pues, que también se deberían haber prescrito preceptos que indujeran al hombre a aprender.
3. Los preceptos de ciencia y de entendimiento parecen más necesarios al sacerdote que al rey, y así se dice: Los labios del sacerdote guardarán la ciencia, y la ley se buscará en su boca (Ml 2, 7). Y en otro lugar: Porque abandonaste la ciencia, te abandonaré también yo a ti para que no me desempeñes el sacerdocio (Os 4, 6). Al rey, en cambio, se le manda aprender la ciencia de la ley, como se ve claramente en la Escritura (Dt 17, 18-19). Luego con mayor motivo se debió mandar en la ley que la aprendieran los sacerdotes.
4. Finalmente, la reflexión sobre cuanto atañe a la ciencia y al entendimiento no se puede realizar durmiendo, y lo impiden también ocupaciones ajenas. Por eso, sin razón se manda: Meditarás en ellas estando en tu casa, de viaje, al dormir y al levantarte (Dt 6, 7). No están, pues, bien presentados en la ley antigua los preceptos sobre la ciencia y el entendimiento.
Contra esto: está el testimonio siguiente: Todos los que oigan estos preceptos dirán: he aquí un pueblo sabio e inteligente (Dt 4, 3).
Respondo: En la ciencia y el entendimiento se pueden considerar tres cosas: la primera, su consecución; la segunda, su uso; la tercera, su conservación. La ciencia y el entendimiento se consiguen a través de la doctrina y la disciplina, y las dos cosas están prescritas en la ley. Así se dice: Las palabras que yo te mando estarán en tu corazón (Dt 6, 6), y esto corresponde a la disciplina, ya que el discípulo debe aplicar el corazón a lo que se le enseña. A la doctrina pertenece lo que se añade a continuación: Y ¿as comentarás a tus hijos (v.7). El uso de la ciencia y del entendimiento es la reflexión sobre lo que se aprende y entiende, y sobre ello se dice: Las meditarás estando en casa... (ib.). Su conservación se logra con la memoria, y sobre ello se prescribe: Las ligarás como señal en tu mano y estarán y se moverán ante tus ojos y las has de escribir en el umbral y en las puertas de tu casa (v.8-9). Y esto indica recuerdo continuo de los mandamientos de Dios, ya que lo que está constantemente ante nuestros sentidos, sea a través del tacto, como lo que tenemos entre manos; sea de la vista, como lo que continuamente está ante los ojos de la mente, sea algo a lo que tenemos que recurrir con frecuencia, como la puerta de casa, no se puede borrar de nuestro recuerdo. Esto se nos dice de manera más terminante con estas palabras: No olvides las palabras que han visto tus ojos y no caigan de tu corazón en todos los días de tu vida (Dt 4, 9). Tales mandatos se leen también con mayor profusión en el Nuevo Testamento, tanto en la enseñanza evangélica como en la apostólica.
1. Cuando se afirma en el Deuteronomio (4, 6): Esta es vuestra sabiduría y vuestro entendimiento delante de los pueblos, se quiere dar a entender que la ciencia y el entendimiento de los pueblos está en los preceptos de la ley. Por eso, primero se deben proponer los preceptos de la ley; después hay que inducir a los hombres a su ciencia y entendimiento. De ahí que estos dos preceptos no se debían introducir entre los del decálogo, que son los primeros.
2. Como hemos expuesto, entre los preceptos de la ley van incluidos también los relacionados con la disciplina. Sin embargo, está expresada de forma más explícita la doctrina que la disciplina, porque aquélla atañe a los mayores, que son independientes y están directamente bajo la ley; y a ellos, por consiguiente, se les deben dar sus preceptos. La disciplina, en cambio, atañe a los menores, a quienes deben llegar los preceptos de la ley a través de los mayores.
3. La ciencia de la ley está tan vinculada al sacerdote, que la conexión con el cargo conlleva también aneja la ciencia de la ley. Por eso no se consideró necesario formular precepto alguno sobre la instrucción de los sacerdotes. Sin embargo, la doctrina de la ley no va aneja al oficio real, porque el rey está constituido sobre el pueblo en los asuntos temporales. Por eso se prescribe especialmente la instrucción del rey por el sacerdote en lo que atañe a la ley de Dios.
4. Ese precepto de la ley no se debe interpretar en el sentido de que el hombre, mientras duerme, medite sobre la ley, sino que, cuando se duerme, o sea, yendo a dormir, medite sobre ella. Los hombres, ciertamente, durmiendo logran imágenes más aptas en cuanto que pasan del estado de vigilia al del sueño, como escribe el Filósofo en I Ethic. De la misma manera se ordena que en toda acción se medite en la ley, no en el sentido de que se piense en ella, sino en el de que cuanto se haga vaya regulado por la ley.
Suma Teológica - II-IIae (Secunda secundae)
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