Suma Teológica

  ←   q. 72   →  

CUESTIÓN 72

La contumelia

Corresponde a continuación tratar de las injurias verbales que se infieren fuera del juicio (cf. q.67 introd.): primero, sobre la contumelia; segundo, sobre la detracción (q.73); tercero, sobre la susurración o murmuración (q.74); cuarto, sobra la mofa o burla (q.75); quinto, sobre la maldición (q.76) .

Acerca de lo primero se formulan cuatro preguntas:

  1. ¿En qué consiste la contumelia?
  2. ¿Toda contumelia es pecado mortal?
  3. ¿Se debe reprimir a los que ultrajan?
  4. ¿Cuál es el origen de la contumelia?

ARTÍCULO 1

La contumelia, ¿consiste en palabras?

Objeciones por las que parece que la contumelia no puede darse por medio de palabras:

1. La contumelia implica un cierto daño causado al prójimo, puesto que pertenece a la injusticia. Mas la palabra parece que no causa daño alguno al prójimo ni en sus bienes ni en su persona. Luego la contumelia no puede consistir en palabras.

2. la contumelia parece entrañar cierta deshonra. Ahora bien: más puede ser una persona deshonrada o vituperada por actos que por palabras. Luego parece que la contumelia no consiste en palabras, sino en actos.

3. la deshonra que se infiere con las palabras se llama vituperio o improperio. Mas la contumelia parece distinguirse del vituperio o improperio. Luego la contumelia no se produce por palabras.

Contra esto: está el hecho de que nada se percibe por el oído sino la palabra. Pero la contumelia se percibe por el oído, según consigna Jr 20, 10: Oí contumelias en mi derredor. Luego la contumelia consiste en palabras.

Respondo: La contumelia entraña la deshonra de alguien, y esto puede ocurrir de dos modos. En primer lugar, puesto que el honor es consecuencia de cierta superioridad de una persona, se deshonra a ésta al privarle de la excelencia por la que tiene ese honor, lo cual se produce ciertamente por pecados de obra, acerca de los que ya se ha tratado (q.64-66). En segundo término, se deshonra a alguien cuando se pone en su conocimiento y en el de los demás lo que es contrario al honor de aquél, y esto pertenece propiamente a la contumelia, que se realiza por medio de algunos signos. Mas, como observa Agustín en II De doctr. christ., todos los signos, comparados con las palabras, son muy escasos, porque las palabras obtuvieron entre los hombres la primacía para expresar todas las concepciones del espíritu. Por eso se estima que la contumelia, propiamente hablando, consiste en una ofensa verbal, y de ahí que Isidoro, en el libro Etymol., diga que se llama contumelioso el que es ligero y su boca rebosa en palabras de injuria.

Sin embargo, ya que también se significa algo por medio de ciertos hechos que, en lo que significan, tienen fuerza de palabras significativas, de ahí que también la contumelia, tomada en un sentido lato, se extienda asimismo, a los actos. Por eso, sobre aquel texto de Rm 1, 30, hombres contumeliosos, soberbios, dice la Glosa que son contumeliosos los que de palabra u obra irrigan contumelias e insultos.

A las objeciones:

1. Las palabras, en cuanto a su esencia, esto es, como sonidos audibles, no causan daño alguno al prójimo, a menos que fatiguen el oído, por ejemplo, cuando uno habla demasiado alto. En cambio, en cuanto que son signos representativos de algo para llevarlo al conocimiento de los demás, pueden ocasionar muchos daños, entre los cuales está el que el hombre sea lesionado por el detrimento causado de su honor o de su respeto que otras personas deben manifestarle. Por eso, es mayor la contumelia si uno echa en cara a otro sus defectos en presencia de muchos. No obstante, aun diciéndoselos a solas al interesado, puede existir contumelia en cuanto que el que habla actúa en contra del respeto del que oye.

2. Uno deshonra al otro de hecho en tanto en cuanto aquellos actos realizan o expresan lo que está contra el honor de éste. De estos dos casos, el primero no pertenece a la contumelia, sino a una de las especies de injusticia de las que ya se ha tratado (q.64-66); mas, en el segundo supuesto, hay contumelia en cuanto que los actos pueden tener la fuerza de las palabras en el significado.

3. El vituperio y el improperio consisten en palabras, como también la contumelia, porque por medio de todos estos casos se revela un defecto de alguna persona en detrimento de su honor. Ahora bien: tal defecto puede ser de tres clases, a saber: primera, defecto de culpa, que se descubre por palabras ultrajantes. Segunda, defecto en general de culpa y de pena, que se revela por el término vituperio, porque la palabra vicio puede aplicarse no sólo al defecto del alma, sino también del cuerpo, y por eso, si uno dice de una manera injuriosa a otro que está ciego, le infiere ciertamente un vituperio, mas no una contumelia; pero si uno dice a otro que es ladrón, no sólo le vitupera, sino que también le acarrea contumelia. Por fin, otras veces resalta uno a otro el defecto de bajeza o de pobreza, lo cual también atenta al honor, que es consecuencia siempre de alguna excelencia. Y esto se hace por las palabras de improperio, lo que sucede propiamente cuando uno recuerda a otro de forma injuriosa el socorro que le prestó cuando sufría necesidad. De ahí que diga Si 20, 15: Dará poco y echará en cara mucho. Sin embargo, a veces ocurre que una de estas denominaciones es tomada por la otra.

ARTÍCULO 2

La contumelia o insulto, ¿es pecado mortal?

Objeciones por las que parece que la contumelia o insulto no es pecado mortal:

1. Ningún pecado mortal es acto de virtud alguna; mas el insultar es acto de una virtud, a saber: de la eutrapelia, a la que pertenece el satirizar agudamente, según expresa el Filósofo en IV Ethic. Luego el insulto o contumelia no es pecado mortal.

2. el pecado mortal no se encuentra en los hombres perfectos, los cuales, sin embargo, profieren algunas veces insultos o contumelias, como le ocurrió al Apóstol al exclamar en Ga 3, 1: ¡Oh gálatas insensatos!, y el Señor clamó en Lc 24, 25: ¡Oh necios y de corazón lento para la fe! Luego el insulto o contumelia no es pecado mortal.

3. aunque lo que es pecado venial por su género puede convertirse en mortal, sin embargo, el pecado que es por su género mortal no puede transformarse en venial, como se ha constatado antes (1-2 q.88 a.4.6). Luego si el proferir un insulto o una contumelia fuese pecado mortal en su género, seguiríase que siempre constituiría un pecado mortal. Mas esto parece falso, como es patente en el caso del hombre que lanza alguna palabra ultrajante por ligereza y por sorpresa, o movido por ira no grave. Luego la contumelia o insulto no es por su género pecado mortal.

Contra esto: está el hecho de que nada merece la pena eterna del infierno salvo el pecado mortal. Ahora bien: el insulto o la contumelia merece la pena del infierno según el texto de Mt 5, 22: Quien llamare a su hermano fatuo, será reo de la gehenna del fuego. Luego la afrenta o contumelia es pecado mortal.

Respondo: Como ya se ha dicho (a.1 ad 1), las palabras, en cuanto son ciertos sonidos, no causan daño al prójimo, sino sólo en cuanto entrañan una significación que procede de la intención interior. Por tanto, en los pecados de palabra parece que debe considerarse, sobre todo, con qué intención uno pronuncia las palabras. Por eso, dado que el insulto o la contumelia comportan, por su esencia, cierta deshonra, si la intención del que la profiere tiende a quitar la honra a otro por medio de las palabras que pronuncia, esto es propia o formalmente inferir insulto o contumelia, lo cual es pecado mortal no menos que el hurto y la rapiña, pues el hombre no ama menos su honra que sus bienes materiales.

En cambio, si alguno pronuncia palabras de insulto o de contumelia contra otro, mas sin ánimo de deshonrarle, sino para corregirle o por otro motivo similar, no profiere un insulto o contumelia formal y directamente, sino accidental y materialmente, es decir, en cuanto expresa lo que puede ser insulto o contumelia. Por eso, esto puede ser unas veces pecado venial y otras ni siquiera hay pecado. Mas en ello es preciso la discreción para usar moderadamente de tales palabras, puesto que podría resultar tan grave el insulto que, proferido sin cautela, arrebatara, el honor de aquel contra quien se lanza. Y es entonces cuando puede el hombre pecar mortalmente, aunque no haya tenido intención de deshonrar a otro, como tampoco está libre de culpa uno que, hiriendo a otro con imprudencia en el juego, le daña gravemente.

A las objeciones:

1. Es propio de la eutrapelia el que profiramos alguna increpación, no para deshonrar o contristar a aquel contra quien se pronuncia, sino más bien por diversión y chanza, y esto puede hacerse sin pecado si se observan las condiciones debidas. Pero si una persona no vacila en contristar a aquella contra quien profiere tal improperio jocoso con tal de provocar la risa en otros, hay vicio en ello, como se expresa allí mismo .

2. Así como es lícito azotar a alguien o dañarle en sus bienes por vía de corrección, también por vía de disciplina puede uno dirigir alguna palabra de afrenta a la persona a quien debe corregir. En este sentido, el Señor llamó a sus discípulos necios, y el Apóstol, a los gálatas, insensatos. Sin embargo, como observa Agustín, en el libro De serm. Dom. in monte, estas reprensiones deben hacerse rara vez y en caso de gran necesidad, y no con la intención de imponernos, sino de servir a Dios.

3., puesto que depende el pecado de insulto o contumelia de la intención del que lo comete, puede suceder que sea pecado venial si es leve el insulto, no deshonrando mucho a la persona, y es proferido por cierta ligereza de espíritu o por algún leve movimiento de ira sin propósito firme de deshonrar a otro, como cuando alguien pretende mortificar ligeramente a otra persona por medio de tales palabras.

ARTÍCULO 3

¿Debe el hombre sufrir los ultrajes que le sean inferidos?

Objeciones por las que parece que nadie debe sufrir los ultrajes que le sean inferidos:

1. El que soporta la contumelia que se le infiere propicia la audacia del que le ultraja. Mas esto no debe hacerse. Luego el hombre no debe soportar la contumelia que le es inferida, sino más bien responder al que le afrenta.

2. el hombre debe amarse más a sí mismo que a los demás. Ahora bien: nadie debe tolerar que se ultraje a un prójimo, según consigna Pr 26, 10: Quien al necio impone silencio, aplaca la ira. Luego tampoco debe nadie sufrir los ultrajes que le sean inferidos.

3. a nadie es lícito vengarse por sí mismo, según aquello de Hb 10, 30: ¡A mí la venganza!, yo retribuiré. Pero una persona se venga si no repele los ultrajes, según aquella expresión del Crisóstomo : Si quieres vengarte, guarda silencio, y habrás infligido un terrible golpe a tu enemigo. Luego no debe nadie soportar las palabras ultrajantes callando, sino más bien contestando.

Contra esto: está Sal 38, 13-14, que dice: Los que me buscaban males, proferían falsedades; y después añade: Mas yo, como si fuera sordo, no oía, y era como mudo que no abre su boca.

Respondo: Así como la paciencia nos es necesaria en los actos que contra nosotros se hacen, así también lo es en las palabras que contra nosotros se profieren. Ahora bien: el precepto de la paciencia en aquellas cosas que se realizan contra nosotros debe ser referido a la disposición habitual del alma, que hemos de conservar, según expone Agustín, en el libro De serm. Dom. in monte, aquel precepto del Señor (Mt 5, 39): Si alguien te golpeare una mejilla, muéstrale la otra. Es decir, que el hombre debe estar dispuesto a obrar así si fuese necesario, pero no siempre está de hecho obligado a proceder de tal manera, puesto que ni el mismo Señor lo hizo, sino que, después de haber recibido una bofetada, preguntó: ¿Por qué me hieres?, como recoge Jn 18, 23. Todo esto es también aplicable a las palabras afrentosas que contra nosotros se profieran. Estamos, en efecto, obligados a tener el ánimo dispuesto a tolerar las afrentas si ello fuere conveniente. Mas algunas veces conviene que rechacemos el ultraje recibido, principalmente por dos motivos. En primer lugar, por el bien del que nos infiere la afrenta, a fin de reprimir su audacia e impedir que repita tales cosas en el futuro, según aquel texto de Pr 26, 5: Responde al necio según su necedad, para que no se crea un sabio. En segundo lugar, por el bien de muchas otras personas, cuyo progreso espiritual pudiera ser impedido precisamente por los ultrajes que nos hayan sido inferidos; y así dice Gregorio, en la homilía 9 del Super Ezech., que aquellos cuya vida ha de servir de ejemplo a los demás, deben, si les es posible, hacer callar a sus detractores, a fin de que no dejen de escuchar su predicación los que podrían oírla y no desprecien la vida virtuosa permanenciendo en sus depravadas costumbres.

A las objeciones:

1. La audacia del hombre que insulta con ultrajes debe reprimirse con moderación, esto es, por deber de caridad y no para satisfacción del propio honor, por lo que advierte Pr 26, 4: No respondas al necio según su necedad, a fin de que no te hagas semejante a él.

2. En reprimir los ultrajes dirigidos contra el prójimo hay menos peligro de buscar la satisfacción del propio honor que cuando se rechazan las afrentas inferidas a uno mismo, y más bien parece que aquello proviene del sentimiento de caridad.

3. Si alguien calla con el fin de provocar con su silencio la ira del que le afrenta, incurre en una venganza; pero, si una persona calla queriendo dejar que pase la ira (Rm 12, 19), realiza un acto laudable, y así se consigna en Si 8, 4: No tengas litigio con hombre deslenguado y no eches leña en su fuego.

ARTÍCULO 4

La contumelia, ¿nace de la ira?

Objeciones por las que parece que la contumelia no nace de la ira:

1. Dice Pr 11, 2: Donde hubiera soberbia, habrá también ultraje. Mas la ira es un vicio distinto de la soberbia. Luego la contumelia no nace de la ira.

2. señala Pr 20, 3: Todos los necios se mezclan en contumelia. Pero la necedad es un vicio opuesto a la sabiduría, como se ha probado (q.46 a.1); en cambio, la ira se opone a la mansedumbre. Luego la contumelia no nace de la ira.

3. ningún pecado es disminuido por su propia causa. Ahora bien: el pecado de contumelia es menor si se profiere por ira, porque peca más gravemente el que por odio infiere un ultraje que el que lo hace por ira. Luego la contumelia no nace de la ira.

Contra esto: está Gregorio, en XXXI Moral., que dice que de la ira nacen las contumelias.

Respondo: Aunque un pecado puede nacer de diversas causas, se dice, no obstante, que principalmente tiene su origen en aquella que lo origina con más frecuencia por su mayor proximidad al fin de la misma. Mas la contumelia tiene gran afinidad con el fin de la ira, que es la venganza, porque el hombre que está irritado no tiene ninguna venganza más rápida que ultrajar a otro. Por tanto, la contumelia nace sobre todo de la ira.

A las objeciones:

1. La contumelia no se ordena al fin de la soberbia, que es la exaltación, y, por consiguiente, la contumelia no nace directamente de aquélla. Sin embargo, la soberbia predispone a la contumelia, en cuanto que aquellos que se consideran superiores desprecian más fácilmente a los otros y les injurian. Además, se irritan con mayor facilidad, porque estiman indigno todo lo que va contra su voluntad.

2., como dice el Filósofo en VII Ethic., la ira no atiende perfectamente a la razón; y así el hombre irritado padece un defecto de razón, en lo cual coincide con la necedad; por este motivo, la contumelia puede nacer de la necedad, según la afinidad que ésta tiene con la ira.

3., según el Filósofo en II Rhet., el hombre enojado se propone ofender abiertamente, de lo cual no se preocupa el que odia. Por tanto, la contumelia, que supone una injuria pública, pertenece más bien a la ira que al odio.

Suma Teológica - II-IIae (Secunda secundae)
  ←   q. 72   →